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Publication 1544SP
Informe de Pagos en Efectivo en Exceso de $10,000
(Revised: 4/2002)

(Recibidos en una Ocupación o Negocio)


Introducción

Si en un período de doce meses usted recibe de un(a) comprador(a) más de $10,000 en efectivo, producto de una transacción llevada a cabo en su ocupación o negocio, usted deberá informar (declarar) la transacción al Servicio de Impuestos Internos - IRS (Servicio Federal de Rentas Internas) y a la Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN) (Red de cumplimiento con la ley cuando se cometen violaciones financieras) en la Forma 8300-SP, en español, titulada Informe de Pagos en Efectivo en Exceso de $10,000 Recibidos en una Ocupación o Negocio, o en la Forma 8300, en inglés, titulada Report of Cash Payments Over $10,000 Re-
ceived in a Trade or Business
.

En esta publicación se explican el porqué, cuándo y dónde deberá informar (declarar) estos pagos recibidos en efectivo, así como las penalidades cuantiosas que se imponen por no informar (declarar) dichos pagos.

Algunas organizaciones no tienen que presentar (radicar) la Forma 8300-SP, incluidas las instituciones financieras que deberán presentar (radicar) la Forma 4789, Currency Transaction Report (Informe de transacciones en efectivo), en inglés, así como los casinos, los cuales deberán presentar (radicar) la Forma 8362, Cur-
rency Transaction Report by Casinos
(Informe de transacciones en efectivo hechas por casinos), en inglés. En esta publicación no se incluye información sobre éstas dos últimas formas.

Usted encontrará en esta publicación explicaciones sobre la terminología y los puntos más importantes relacionados con la Forma 8300-SP. Usted deberá leer las instrucciones que vienen con dicha forma. En las mismas se explica lo que deberá anotar en cada línea de la misma.

¿Por qué se tienen que informar (declarar) estos pagos?

A menudo los contrabandistas y traficantes de narcóticos utilizan cantidades cuantiosas de efectivo con el propósito de blanquear (lavar) el dinero proveniente de actividades ilícitas. El término blanquear (lavar) significa convertir el dinero sucio o ganado ilegalmente en dinero limpio (como ganado legalmente).

El gobierno puede a menudo rastrear el origen de este dinero blanqueado (lavado) mediante los pagos que usted informa (declara). Leyes aprobadas por el Congreso requieren que usted informe estos pagos. Al cumplir con estas leyes, usted proporciona información importantísima que puede ayudar a que suspendan sus operaciones tanto los que evaden el pago de impuestos, como los que obtienen ganancias provenientes del tráfico de drogas y de otras actividades criminales.

La Ley PATRIOTA USA (USA PATRIOT) del año 2001 aumentó el radio de acción de dichas leyes con el propósito de ayudar a seguirle el rastro a los fondos usados para llevar a cabo acciones terroristas.

¿Quién deberá presentar (radicar) la Forma 8300-SP?

Por regla general, cualquier persona que se dedica a una ocupación o negocio en el que recibe en efectivo más de $10,000 en una sola transacción o en transacciones relacionadas deberá presentar (radicar) la Forma 8300-SP.

Por ejemplo, es posible que tenga que presentar (radicar) la Forma 8300-SP si su ocupación o el negocio al cual usted se dedica es de joyas, muebles, barcos (botes, lanchas, yates, etc.), aeronaves, automóviles; usted es prestamista, abogado(a) o corredor(a) de bienes raíces, o si se trata de una compañía de seguros o de una agencia de viajes. Reglas especiales con las que deberán cumplir lo(a)s secretario(a)s de los tribunales federales o estatales aparecen más adelante bajo, Fianza recibida por secretario(a)s de tribunales.

Sin embargo, usted no tiene que presentar (radicar) la Forma 8300-SP si la transacción no está relacionada con su ocupación o negocio. Por ejemplo, si usted es dueño(a) de una joyería y vende en efectivo su automóvil personal (privado) en una cantidad ascendente a más de $10,000, no tendrá que presentar (radicar) la Forma 8300-SP por esa transacción.

Definición de Transacción.   Se lleva a cabo una transacción cuando:

  • Se venden bienes o propiedades, o se prestan servicios.
  • Se renta o alquila una propiedad.
  • Se intercambia efectivo por otro efectivo.
  • Se contribuye a una cuenta de fideicomiso o a una cuenta en plica (depósito en custodia de tercera persona).
  • Se toma o se paga un préstamo.
  • Se convierte el efectivo en un instrumento negociable, tal como un cheque o un bono.

Definición de Persona.   Una persona incluye una persona natural (física), una empresa o compañía, una sociedad anónima (corporación), una sociedad de individuos, una asociación, un fideicomiso o un caudal hereditario.

A las organizaciones exentas, incluidas las que tienen planes para sus empleados, se les trata también como personas. Sin embargo, las organizaciones exentas no tienen que presentar (radicar) la Forma 8300-SP cuando reciben una donación caritativa en efectivo ascendente a más de $10,000, debido a que dicha donación no la reciben mientras operan una ocupación o negocio.

Transacciones en el Extranjero.   Usted no tiene que presentar (radicar) la Forma 8300-SP si toda la transacción (incluido el recibo de efectivo) se lleva a cabo fuera de:

  • Los cincuenta estados de los Estados Unidos,
  • El Distrito de Columbia,
  • Puerto Rico o
  • Una posesión o territorio de los Estados Unidos.

Sin embargo, usted deberá presentar (radicar) la Forma 8300-SP si cualquier parte de la transacción (incluido el recibo de efectivo) se lleva a cabo en Puerto Rico o en una posesión o territorio de los Estados Unidos y usted está sujeto(a) a las disposiciones del Código Federal de Impuestos Internos (Código Federal de Rentas Internas).

Fianza recibida por secretario(a)s de tribunales.   Cualquier secretario(a) de un tribunal federal o estatal que reciba más de $10,000 en efectivo en concepto de fianza a favor de una persona que ha sido acusada de cualesquiera de los delitos criminales listados a continuación deberá presentar (radicar) la Forma 8300-SP:

  1. Cualquier delito federal relacionado con la ley que regula los narcóticos (sustancias controladas),
  2. Extorsión (racketeering),
  3. Blanqueo (lavado) de dinero y
  4. Cualquier delito estatal, el cual es sustancialmente un delito similar a los que aparecen en 1), 2) y 3), arriba.

Para obtener más información acerca de la reglamentación con la que deberán cumplir lo(a)s secretario(a)s de los tribunales, vea la sección 1.6050I-2 de las Reglamentaciones Federales del Impuesto Sobre el Ingreso Federal.

¿Qué pagos deberán informarse (declararse)?

Usted deberá presentar (radicar) la Forma 8300-SP para informar (declarar) el efectivo que le paguen si el mismo:

  1. Asciende a más de $10,000,
  2. Lo recibió en:
    1. Una cantidad global de más de $10,000,
    2. En pagos a plazos que hacen que el total de efectivo recibido en un período de un año, contado a partir de la fecha en que se hizo el pago inicial (pronto pago), ascienda a más de $10,000 ó
    3. Otros pagos que no fueron informados (declarados) anteriormente, los cuales hacen que el total de dinero recibido en efectivo durante un período de doce meses ascienda a más de $10,000.
  3. Lo recibió en el curso de su ocupación o negocio,
  4. Lo recibió del(la) mismo(a) comprador(a) (o agente) y
  5. Lo recibió en una sola transacción o en transacciones relacionadas (las cuales se definen más adelante).

¿Qué es Efectivo?

Efectivo es:

  1. El dinero en piezas metálicas y billetes de los Estados Unidos (y de cualquier otro país), y
  2. Un cheque de cajero o gerente, giro bancario, cheque de viajero o giro que usted recibe, si tiene un valor nominal de $10,000 ó menos y usted lo recibe en:
    1. Una transacción que se requiere que se informe (declare), tal como se define más adelante o
    2. Cualquier transacción en la cual usted sabe que el(la) pagador(a) está tratando de evitar que la misma se informe (declare) en la Forma 8300-SP.

Nota.   El efectivo puede incluir un cheque de cajero o gerente aunque a éste se le llame cheque del tesorero o cheque bancario.

El efectivo no incluye un cheque girado contra la cuenta bancaria particular (personal) de una persona.

A un cheque de cajero o gerente, giro bancario, cheque de viajero o giro con un valor nominal de más de $10,000 no se le considera efectivo. (Éstos no se definen como efectivo y usted no tiene que presentar (radicar) la Forma 8300-SP cuando los recibe porque, si fueron comprados con dinero en efectivo, el banco o cualquier otra institución financiera que los emitió deberá presentar (radicar) la Forma 4789 para informarlo (declararlo).)

Ejemplo 1.   Usted es comerciante y se dedica al giro de monedas (numismático). Roberto Coruña le compró monedas de oro por un precio ascendente a $13,200. El Sr. Coruña le pagó con $6,200 en moneda estadounidense y un cheque de cajero o gerente con un valor nominal de $7,000. El cheque de cajero o gerente se considera efectivo. Usted ha recibido más de $10,000 en efectivo y deberá presentar (radicar) la Forma 8300-SP para informar (declarar) esta transacción.

Ejemplo 2.   Usted se dedica al giro de joyería al por menor (al detal). María Norte le compra una prenda por $12,000 y le paga con un cheque personal pagadero a usted (a la orden) por la cantidad de $9,600 y con cheques de viajero ascendentes a $2,400. Debido a que al cheque personal no se le considera efectivo, usted no ha recibido más de $10,000 en efectivo en la transacción. Usted no tiene que presentar (radicar) la Forma 8300-SP.

Ejemplo 3.   Usted es un(a) comerciante que se dedica a la venta de barcos (botes, lanchas, yates, etc.). Emilia Espina le compra un bote por $16,500 y le paga con un cheque de cajero o gerente pagadero a usted (a la orden) por dicha cantidad. Al cheque de cajero o gerente no se le considera efectivo, ya que el valor nominal del mismo es mayor de $10,000. Usted no tiene que presentar (radicar) la Forma 8300-SP para informar (declarar) esta transacción.

Transacciones que deberán informarse (declararse)

Una transacción que deberá informarse (declararse) es la que consiste en la venta al por menor (al detal) de cualesquiera de los siguientes:

  1. Un artículo de consumo duradero, tal como un automóvil o un barco (bote, lancha, yate, etc.). Un artículo de consumo duradero es una propiedad que no es un terreno o un edificio y que:
    1. Es apropiado para uso personal,
    2. Se espera que dure por lo menos un año bajo uso normal,
    3. Tiene un precio de venta mayor de $10,000 y
    4. Se puede ver o tocar (propiedad tangible).

    Por ejemplo, un automóvil cuyo valor es $20,000 es un artículo de consumo duradero, pero un camión de carga o una maquinaria de fábrica con un valor de $20,000 no lo es. El automóvil es un artículo de consumo duradero aún cuando usted lo venda a un(a) comprador(a) que lo usará en una ocupación o negocio.

  2. Un artículo de colección (una obra de arte, alfombra, antigüedad, metal, piedra preciosa, sello o moneda).
  3. Un viaje o agasajo (diversión), si el precio total de venta de todos los artículos vendidos para el mismo viaje o evento de agasajo (diversión) en una transacción (o transacción relacionada) es más de $10,000.

Al calcular el precio total de venta de todos los artículos vendidos para un viaje o agasajo (diversión), incluya el precio de venta de los artículos vendidos, tales como pasajes de avión, el costo del alquiler (renta) de habitaciones de hotel y boletos de entrada.

Ejemplo.   Usted es agente de viajes. Su cliente Eduardo Juanes le solicita que flete para él un avión de pasajeros con el propósito de llevar a un grupo de personas a un evento deportivo en otra ciudad. Además, le solicita que, para el uso de los miembros del grupo, reserve habitaciones en un hotel y boletos de entrada al evento deportivo. El Sr. Juanes le paga a usted con dos giros con un valor de $6,000 cada uno. En esta transacción usted ha recibido más de $10,000 en efectivo y, por lo tanto, deberá presentar (radicar) la Forma 8300-SP.

Ventas al por Menor (al detal).   El término ventas al por menor (al detal) significa cualquier venta hecha mientras se opera un negocio u ocupación que se dedica principalmente a venderle a los consumidores.

Por lo tanto, si su negocio u ocupación consiste en venderle principalmente a consumidores, todas las ventas que usted haga mientras opera su ocupación o negocio son ventas al por menor (al detal). Estas ventas incluyen cualesquier artículos que usted revenderá.

Agente o Intermediario.   Una transacción que deberá informarse (declararse) incluye la venta al por menor (al detal) de los artículos que aparecen en las partidas 1), 2) ó 3) de la lista que precede, aunque el pago haya sido recibido por un(a) agente u otro(a) intermediario(a), en vez de directamente por el(la) vendedor(a).

Excepción a la definición del término efectivo

No se clasifican como efectivo un cheque de cajero o gerente, giro bancario, cheque de viajero o giro que usted reciba en una transacción que deberá informarse (declararse), si una de las siguientes excepciones corresponde (aplica).

Excepción en el caso de ciertos préstamos bancarios.   No se clasifican como efectivo un cheque de cajero o gerente, giro bancario, cheque de viajero o giro, si cualesquiera de éstos proviene de un préstamo bancario. Como prueba de que se obtuvo de un préstamo bancario, usted puede mostrar una copia del contrato relacionado con el préstamo, un documento escrito, instrucciones del banco acerca del gravamen u otra prueba similar.

Ejemplo.   Usted es un(a) concesionario(a) (distribuidor(a)) de automóviles. En el curso de su negocio le vende un automóvil a Carlota Blanco en $11,500. La Srta. Blanco le pagó a usted $2,000 en moneda estadounidense y le entregó un cheque de cajero o gerente ascendente a $9,500, pagadero a usted (a la orden) y a ella. Usted se da cuenta que el cheque de cajero o gerente proviene de un préstamo bancario, ya que el mismo incluye instrucciones para que usted le imponga un gravamen al automóvil como garantía de pago del préstamo y, por lo tanto, usted no trata al cheque de cajero o gerente como efectivo. Usted no tiene que presentar (radicar) la Forma 8300-SP en este caso.

Excepción en el caso de ciertas ventas a plazos.   No se considera efectivo un cheque de cajero o gerente, giro bancario, cheque de viajero o giro, si el mismo se recibe para satisfacer el pago de un pagaré o de un contrato de ventas a plazos (incluido un contrato de arrendamiento al que se le trata como una venta para propósitos del impuesto (contribución) federal). Sin embargo, esta excepción corresponde (aplica) solamente si:

  1. Usted usa pagarés o contratos similares en otras ventas a consumidores en el curso normal de su negocio u ocupación y
  2. El total de pagos que usted recibe como producto de la venta el, o antes del, sexagésimo (60) día después de la fecha en que se efectúa la venta, asciende a un 50% o menos del precio de compra.

Excepción en el caso de ciertos planes de pagos iniciales (pronto pago).   No se considera efectivo un cheque de cajero o gerente, giro bancario, cheque de viajero o giro si usted lo recibió como pago por un artículo de consumo duradero o cobrable y, además, son ciertas todas las aseveraciones siguientes:

  1. Usted lo recibe bajo un plan de pagos que requiere:
    1. Uno o más pagos iniciales (pronto pago) y
    2. El pago del saldo (balance) del precio de la compra en la fecha de la venta.
  2. Usted lo recibe más de 60 días antes de la fecha de la venta.
  3. Usted usa planes de pagos con las mismas condiciones, o condiciones muy similares, cuando le vende a los consumidores en el curso normal de su ocupación o negocio.

Excepción en el caso de viajes y agasajos (diversiones).   No se considera efectivo un cheque de cajero o gerente, giro bancario, cheque de viajero o giro recibido para un viaje o agasajo (diversión), si son ciertas todas las aseveraciones siguientes:

  1. Usted lo recibe bajo un plan de pagos que requiere:
    1. Uno o más pagos iniciales (pronto pago) y
    2. Que el saldo (balance) del precio de compra se pague antes que cualquier artículo de viaje o agasajo (tal como el precio de un pasaje aéreo) sea proporcionado para el evento del viaje o agasajo.
  2. Usted lo recibe más de 60 días antes de la fecha en la cual el pago final vence.
  3. Usted usa planes de pagos con las mismas condiciones, o condiciones muy similares, cuando le vende a los consumidores en el curso normal de su ocupación o negocio.

Número de identificación de contribuyente

Usted deberá proveer el número correcto de identificación de contribuyente de la(s) persona(s) de las cuales recibe el efectivo. Si la transacción se hace en representación de otra(s) persona(s), usted deberá proveer el número de identificación de contribuyente de esa(s) persona(s). Si usted no sabe cuál es el número de identificación de contribuyente de la(s) persona(s), deberá pedírselo a la(s) misma(s). Usted pudiera estar sujeto(a) a penalidades por no incluir el número de identificación o por incluir un número incorrecto.

Hay tres tipos de números de identificación de contribuyente:

  1. El número de identificación de una persona natural (física), incluida una persona que trabaja por cuenta propia, es el número de seguro social de dicha persona.
  2. El número de identificación de contribuyente de una persona que es extranjera y no es residente, pero necesita dicho número y no tiene derecho a obtener un número de seguro social, es el número de identificación de contribuyente individual, conocido por las siglas ITIN en inglés, expedido por el Servicio Federal de Impuestos Internos - IRS (Servicio Federal de Rentas Internas). Un número de identificación de contribuyente individual (ITIN) consta de nueve dígitos, similar a un número de seguro social.
  3. El número de identificación de contribuyente individual (ITIN) de otras personas, incluidas las sociedades anónimas (corporaciones), sociedades y caudales relictos (hereditarios), es el número de identificación de patrono o empleador.

Excepción.   Un(a) extranjero(a) que no es residente o una organización extranjera no necesita tener un número de identificación de contribuyente y, por lo tanto, usted no tiene que proveer un número de identificación de contribuyente de lo(a)s mismo(a)s, si son ciertas todas las aseveraciones siguientes:

  1. El individuo u organización no recibe ingreso que esté realmente relacionado con la operación de una ocupación o negocio en los Estados Unidos, o con la operación de una oficina, establecimiento comercial, agente financiero (de negocios) o agente pagador en los Estados Unidos en cualquier momento del año.
  2. El individuo u organización no presenta (radica) una declaración de impuesto federal.
  3. En el caso de un(a) extranjero(a) que no es residente, el(la) mismo(a) no ha optado por presentar (radicar) una declaración de impuesto federal sobre el ingreso conjunta con su cónyuge, que es ciudadano(a) estadounidense o residente de los Estados Unidos.

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